¿Y las personas naturales qué?
Los más sacrificados serán los mismos de siempre: los asalariados de ingresos medios y altos. Les comparto mi columna de esta semana “¿Y las personas naturales qué?” https://t.co/JSWIMHD1pK
— Germán Vargas Lleras (@German_Vargas) August 21, 2022
Los más sacrificados serán los mismos de siempre: los asalariados de ingresos medios y altos. Les comparto mi columna de esta semana “¿Y las personas naturales qué?” https://t.co/JSWIMHD1pK
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Por: Germán Vargas Lleras para el periódico El Tiempo
Los más sacrificados serán los mismos de siempre: los asalariados de ingresos medios y altos.
La semana pasada me referí a los impactos que tendrá la reforma tributaria presentada por el Gobierno al Congreso, sobre las empresas y sus socios, y señalé cómo la nueva tasa de tributación, que fluctuará entre 62 y 104 por ciento, es escandalosa y confiscatoria. Todo ello como resultado de sumar los gravámenes de renta, ICA, 4 × 1.000, ganancia ocasional, dividendos y patrimonio. Observo que gremios y empresas empiezan a reaccionar con argumentos, ojalá lo hagan también con propuestas, atendiendo la invitación del ministro Ocampo.
Hoy me refiero a lo que les espera a las personas naturales. Que, como siempre ocurre, parecen no tener voz que las defienda. Como la reforma recaerá sobre personas con ingresos superiores a 10 millones de pesos, es forzoso concluir que los más sacrificados serán los mismos de siempre, o sea, los asalariados de ingresos medios y altos que siempre llevan la peor parte.
A las personas naturales les aumentará la tarifa de la ganancia ocasional del 10 por ciento actual a una tasa progresiva que puede llegar hasta el 39 por ciento. Lo mismo ocurrirá con el impuesto a los dividendos, del 10 hasta el 39 por ciento. Aunque la tarifa de renta no aumenta, el impuesto sí lo hará por la reducción muy importante o eliminación de los beneficios y rentas exentas.
Para comenzar, se reduce la renta exenta de $ 109’451.000 a $ 30’023.000. Dicha renta exenta lo que reconoce son los costos y gastos en los que incurre una persona natural que obtiene renta de trabajo y que la reforma reduce en un 80 por ciento. Esa renta exenta debería mantenerse.
En cuanto al cálculo del impuesto de renta de las personas naturales, la acumulación de todas las rentas líquidas, entre las que se encuentran laborales, no laborales, de capital, pensiones, dividendos y participaciones y ganancias ocasionales para determinar la tarifa aplicable, resulta muy gravosa para el contribuyente porque todos los ingresos pueden terminar gravados al 39 por ciento, lo más cercano a una expropiación indirecta vía impuestos.
Para personas con ingresos mensuales de entre 10 millones y 50 millones, los incrementos oscilan entre un 7,5 y un 67 %. Para algunos, el incremento del impuesto implicará destinar un mes completo de su trabajo al pago del mayor impuesto generado por la reforma. No tiene justificación que al tiempo que se limitan los beneficios tributarios de la generalidad de los trabajadores, para algunos sectores se mantengan las exenciones vigentes sin limitación alguna.
El proyecto, en la práctica, entra a gravar por primera vez las pensiones. En cuanto a la modificación de la renta exenta para pensionados, pasará de $ 456’048.000 a $ 68’027.160. Esto quiere decir que se gravarán pensiones superiores a $ 9’500.000. En este punto cabe la discusión acerca de si las pensiones deben gravarse durante su acumulación o durante su disfrute. El proyecto grava el disfrute, cuando la persona ya no tiene capacidad de generar más ingresos. Esto debería revisarse.
Es entendible que los pensionados con más de 10 salarios mínimos de ingreso aporten al fisco con una tributación similar a la que se aplica a los asalariados, pero hay que garantizar que si los aportes voluntarios a los fondos de pensiones no gozarán de beneficio tributario, su devolución vía el pago de una pensión no se grave, pues de lo contrario se generaría un efecto de doble tributación.
Llamo la atención sobre el gravamen a la ganancia ocasional que propone el proyecto, y que puede llegar hasta el 39 por ciento. Este impuesto va a limitar el comercio de viviendas usadas y puede estimular la subfacturación de las transacciones. Debería establecerse una norma que consagre que siempre que las utilidades obtenidas en la venta de la vivienda se utilicen en la compra de una nueva, no se causará el respectivo impuesto, como lo hacen otras legislaciones del mundo.
Pero tal vez el peor de todos los efectos sobre las personas naturales sea el que tiene que ver con el freno al crecimiento económico del país, que de darse implicará un aumento del desempleo y, por ende, la imposibilidad de progreso para muchas familias. Con crecimiento económico será posible compartir la riqueza, al paso que sin este crecimiento estaremos abocados a repartir pobreza y frustración.
Esta semana enviaron mensaje de urgencia al Congreso. Me temo que no habrá mucho espacio para la deliberación.
GERMÁN VARGAS LLERAS
* Dirección Fundación Carlos Lleras
21 de Agosto 2022